Objetivo General:

Formar profesionales comprometidos con el conocimiento, la educación, el desarrollo humano y la producción a escala local, regional y nacional, integrados a los desafíos del Mercosur, América Latina y el mundo. En este marco, la Universidad impulsa actividades de enseñanza, investigación, vinculación y extensión orientadas al desarrollo productivo, económico, cultural y social, con base en valores como la democracia, los derechos humanos, la inclusión, la igualdad de oportunidades y el cuidado del ambiente.

Objetivos Estratégicos:

Formación académica de calidad

*Brindar educación superior universitaria en modalidades presencial y a distancia, en niveles de pregrado, grado y posgrado.
*Desarrollar una oferta académica innovadora, alineada con los desafíos del siglo XXI y las necesidades de la comunidad.
* Incorporar nuevas tecnologías, metodologías y enfoques pedagógicos en los procesos de enseñanza-aprendizaje.
*Formar profesionales con sólida preparación técnica, compromiso ético, conciencia social y perspectiva humanista.

Producción de conocimiento e innovación

*Promover la investigación básica, aplicada y el desarrollo tecnológico.
*Priorizar problemáticas locales, regionales y nacionales, especialmente vinculadas al ecosistema del Delta.
*Articular con el sistema científico-tecnológico nacional para fortalecer la producción de conocimiento con impacto territorial y proyección global.

Vinculación con la comunidad y desarrollo territorial

* Contribuir a la mejora de la calidad de vida mediante transferencia de conocimientos y tecnologías.
*Impulsar programas de extensión, voluntariado y cooperación comunitaria.
*Promover el desarrollo socioeconómico local y regional, con foco en sectores en situación de vulnerabilidad.
*Ofrecer servicios, asesorías y asistencia técnica a instituciones públicas y privadas.

Integración institucional y cooperación

*Establecer vínculos y convenios con organismos públicos, privados, sociales y académicos a nivel nacional e internacional.
* Articular con otras universidades y el sistema educativo para fortalecer el desarrollo regional.
*Fomentar nuevas formas de integración en el ámbito regional e internacional.

Inclusión, equidad y comunidad universitaria

*Garantizar igualdad de oportunidades, inclusión educativa y perspectiva de género.
*Promover la permanencia y el egreso de estudiantes en situación de vulnerabilidad.
*Consolidar una comunidad universitaria plural, participativa y comprometida con su entorno.
*Impulsar organizaciones asociativas dentro de la comunidad académica.

Cultura, valores y compromiso social

*Promover valores democráticos, derechos humanos y responsabilidad social.
*Fomentar el desarrollo cultural, la memoria colectiva y la difusión de expresiones artísticas y del pensamiento.
*Fortalecer la formación de ciudadanos críticos, reflexivos y comprometidos con la sociedad.

Desarrollo institucional

*Impulsar una política editorial y bibliotecológica orientada a la excelencia académica.
*Mantener vínculos activos con graduados, promoviendo la formación continua y la actualización profesional.
El artículo 12° del Estatuto establece que el gobierno y la administración de la UNDelta son ejercidos a través de:

a) La Asamblea Universitaria.
b) El Consejo Superior.
c) El/La Rector/a.
d) El/La Vicerrector/a.
e) El Consejo Directivo de cada Instituto.
f) Los/as Directores/as de los Institutos.

ASAMBLEA UNIVERSITARIA:
La Asamblea es el órgano supremo de la UNDelta y está integrado por:
a) Los miembros del Consejo Superior
b) Los miembros de los Consejos Directivos de los Institutos.

Son atribuciones de la Asamblea Universitaria:
a) Reformar total o parcialmente el Estatuto de la UNDelta, dando cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 34 de la Ley 24.521.
b) Designar al/la Rector/a por votación nominal y pública y decidir mediante el mismo procedimiento sobre su renuncia.
c) Suspender o separar al/la Rector/a o Vicerrector/a por las causas previstas en el presente Estatuto, en sesión extraordinaria convocada al efecto, previo sumario realizado por el Consejo Superior, tal como establece el artículo 41 del presente.
d) Establecer la orientación general en materia de docencia, investigación, extensión, cooperación, administración y servicios de la UNDelta.
e) Decidir la creación y el cierre de los Institutos.
f) Aprobar, observar o rechazar la Memoria Anual presentada por el/la Rector/a,
g) Dictar su reglamento interno y reglamentar el orden de sus sesiones.

CONSEJO SUPERIOR
Es el órgano que ejerce la jurisdicción superior administrativa y normativa de la Universidad. En él se refleja el principio de cogobierno por parte de los claustros de docentes, no docentes y estudiantes. Está integrado por:
a) El/La Rector/a.
b) El/La Vicerrector/a, con voz y sin voto.
c) Los/Las Directores/as de los Institutos,
d) Diez (10) representantes del claustro docente elegidos por el voto directo de los docentes concursados de los cuales, seis (6) corresponderán al subclaustro profesores y cuatro (4) al subclaustro de auxiliares de docencia.
e) Cuatro (4) representantes del claustro estudiantil elegidos/as por el voto directo de las estudiantes regulares. Los/as consejeros/as deberán ser alumnos regulares y tener al menos el treinta por ciento (30 %) de las asignaturas aprobadas de la carrera que cursaren.
f) Dos (2) representantes del claustro del personal no docente, técnico, administrativo y de servicio concursado, elegidos/as por el voto directo del personal no docente, técnico, administrativo y de servicio concursado.
g) Un (1) representante del claustro de los/as graduados/as, que deberá ser graduado de una de las carreras de grado de la UNDelta, y será elegido/a por el voto directo de los/as graduados/as de las carreras de grado de la UNDelta. h) Un/a representante del Consejo Social Comunitario, con voz y sin voto.
* Las actividades del cuerpo colegiado se organizan a través de la Secretaría del Consejo Superior a cargo de Alan Román

Alan Roman Germán García.
Contacto: accesoinformacion@undelta.edu.ar

Conocé más sobre el Consejo Superior a partir de los artículos del Estatuto Universitario
Artículo 27. Al Consejo Superior le corresponderá: a) Ejercer la jurisdicción universitaria y, por vía de recursos, el contralor de la legalidad sobre las decisiones del/la Rector/a y demás órganos dependientes de UNDelta.
b) Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto y las decisiones de la Asamblea Universitaria en el ámbito de su competencia.
c) Designar al/la Vicerrector/a a propuesta del/la Rector/a.
d) A propuesta del/la Rector/a, crear, suspender o suprimir órganos y carreras de pregrado, grado y posgrado, y aprobar la estructura orgánico-funcional de UNDelta.
e) Designar y remover a los/as Directores/as de Instituto, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, a propuesta del/la Rector/a.
f) Aprobar la integración del Consejo Social Comunitario propuesta por el/la Rector/a.
g) Designar y remover a los/as Directores/as de Carrera, a propuesta del/la Rector/a.
h) Dictar su reglamento interno.
i) Aprobar el régimen electoral de UNDelta.
j) Dictar los reglamentos generales necesarios para los estudios de pregrado, grado y posgrado, y planificar las actividades universitarias generales.
k) Aprobar anualmente el calendario académico, la oferta educativa y las condiciones de admisibilidad para cada ciclo lectivo, en el marco de los principios de gratuidad y equidad, de acuerdo con la evolución de los recursos patrimoniales, físicos y humanos de la Universidad, así como de sus objetivos.
l) Aprobar los planes de estudio, a propuesta del/la Rector/a, y el alcance de los títulos y grados académicos a otorgar por UNDelta, en concordancia con los Artículos 40 a 43 de la Ley 24.521, y reglamentar las cuestiones referidas a equivalencias y reválida de Títulos expedidos por instituciones extranjeras.
m) Aprobar, con arreglo a la legislación nacional vigente, el Régimen Laboral y Salarial del personal de UNDelta, incluido los sistemas de evaluación del desempeño y regímenes de ingreso, promoción y egreso, licencias y ético- disciplinario, así como también, todo lo atinente a la asistencia social y bienestar de la comunidad universitaria y reglamentar el año sabático.
n) Aprobar el reglamento de concursos para la provisión de cargos docentes y desarrollar un plan de convocatoria periódico para los mismos. Aprobar la planta básica de docentes de los Institutos.
o) Aprobar el reglamento de concursos para la provisión de cargos del personal no docente de UNDelta y desarrollar un plan de convocatoria periódica para los mismos.
p) A propuesta del/la Rector/a, establecer prioridades para la investigación Científica y tecnológica de UNDelta. q) Designar profesores/as Eméritos/as, Consultos/as, Honorarios/as e Invitados/as, y acordar el título de Doctor/a Honoris Causa a destacadas figuras nacionales o extranjeras. Para estas designaciones se requerirá el voto de los dos tercios de la totalidad de sus miembros.
r) Aprobar los informes anuales de los/las docentes/investigadores/as, elevados por los/as Directores/as de los Institutos al/la Rector/a de UNDelta.
s) Determinar las pautas de un sistema de evaluación de la gestión institucional.
t) Reglamentar todo lo atinente a la disposición por cualquier título, del patrimonio de UNDelta, así como las facultades para aceptar herencias, legados, donaciones, subsidios y otras contribuciones.
u) Aprobar el presupuesto anual y la cuenta de inversión de fondos presentadas por el/la Rector/a. El Consejo Superior podrá requerir en cualquier momento la información necesaria para un correcto contralor de la gestión presupuestaria.
v) Reglamentar las acciones dirigidas a la valorización, explotación, utilización de recursos y productos de las capacidades científico tecnológicas de UNDelta, incluyendo el fomento de la producción, vinculación, servicios y transferencia de tecnología. Estas acciones podrán realizarse en forma directa o mediante la organización de entidades sin fines de lucro o sociedades, en forma individual o asociándose con otras personas.
w) Resolver los pedidos de licencia solicitados por sus miembros, conforme lo que se establezca en su Reglamento Interno.
x) Reglamentar el procedimiento para la sustanciación de los sumarios administrativos, dictar un régimen de convivencia y establecer el régimen disciplinario de los estudiantes.
y) Reglamentar los juicios académicos y constituir un tribunal universitario encargado de sustanciarlos, y entender en toda cuestión ético-disciplinaria en que estuviere involucrado el personal docente.
z) Determinar el alcance interpretativo del presente Estatuto en caso de dudas sobre su aplicación, de conformidad con las normas vigentes que rijan la materia, con los principios del mismo, y de manera armónica e integral con todas sus disposiciones,
aa) Resolver sobre toda otra facultad que no se encuentre asignada a otro órgano de gobierno por el presente Estatuto.


RECTORADO El/La Rector/a es la autoridad ejecutiva superior, el/la responsable de la administración y el/la representante legal de la UNDelta.
Conocé más acerca de los cargos de Rector/a través de los artículos del Estatuto universitario:

Artículo 38. Al/la Rector/a le corresponderá:
a) La representación y el ejercicio de la conducción administrativa y académica de UNDelta.
b) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto por este Estatuto, las reglamentaciones de la Asamblea Universitaria, del Consejo Superior y demás reglamentaciones internas de UNDelta.
c) Hacer cumplir las resoluciones de los Tribunales Universitarios, y ejercer la potestad disciplinaria que los reglamentos le otorguen.
d) Convocar a la Asamblea Universitaria y al Consejo Superior a sesiones ordinarias y extraordinarias, estableciendo el orden del día de las sesiones.
e) Presidir las sesiones de la Asamblea Universitaria y del Consejo Superior
f) Proponer al Consejo Superior la designación del/la Vicerrector/a.
g) Proponer al Consejo Superior la designación y remoción de Directores/as de Instituto y de Carrera.
h) Proponer al Consejo Superior la creación, suspensión o cierre de órganos y carreras de pregrado, grado y postgrado.
i) Organizar las Secretarías de UNDelta y designar o remover a sus titulares.
j) Elaborar los padrones de los distintos estamentos que componen la comunidad universitaria.
k) Convocar a elecciones de los distintos estamentos que componen la comunidad universitaria.
l) Requerir de las restantes autoridades de UNDelta los informes que estime convenientes, e impartir las instrucciones necesarias para un buen gobierno y administración de la institución.
m) Designar y remover al personal docente y no docente interino.
n) Efectuar la convocatoria a concursos para la provisión de cargos docentes / investigadores.
o) Efectuar la convocatoria a concursos para el personal no docente.
p) Designar, remover e imponer sanciones al personal no docente, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
q) Autorizar, de conformidad con este Estatuto y reglamentaciones correspondientes, el ingreso, inscripción, permanencia, promoción y egreso de los/as alumnos/as.
r) Elevar al Consejo Superior los planes de estudio para su consideración.
s) Firmar los títulos, diplomas, distinciones y honores universitarios.
t) Resolver sobre equivalencia y reválida de títulos expedidos por instituciones extranjeras, conforme las reglamentaciones que se establezcan. u) Elevar al Consejo Superior el proyecto de presupuesto anual, y la cuenta de inversión de fondos.
v) Ejecutar el presupuesto de UNDelta, sin perjuicio de las facultades de delegación autorizadas.
w) Percibir los fondos institucionales por medio de Tesorería General y darles el destino que corresponda.
x) Autorizar de conformidad con este Estatuto y su Reglamentación, lo concerniente a la explotación de las actividades de investigación (regalías, licencias, etc.), la percepción de ingresos de terceros en concepto de consultorías institucionales y/o prestaciones de servicios científico-tecnológicos, la percepción de retribuciones adicionales a personal docente y a personal no docente que participe de las actividades de vinculación y transferencia; la participación en los beneficios derivados de la explotación de resultados, y retribución adicional al personal de dedicación exclusiva, en concepto de actividades de asesoramiento y/o consultoría individuales.
y) Celebrar todo tipo de convenios,
z) Mantener relaciones con organismos o instituciones nacionales, provinciales, municipales y/o extranjeros tendientes al mejor cumplimiento de los fines de UNDelta.
aa) Proponer al Consejo Superior prioridades para la investigación científica y tecnológica de UNDelta.
ab) Elaborar la Memoria Anual y someterla a consideración de la Asamblea Universitaria.
ac) Resolver las cuestiones de necesidad y urgencia, dando cuenta de manera inmediata al Consejo Superior de aquellas que sean de su competencia. La mencionada cuestión se incorporará en el orden del día de la siguiente sesión del Consejo.
ad) Toda otra cuestión no regulada y que se corresponda con la función natural de su autoridad, conforme el Artículo 10 del presente.
Aquí podés acceder a la disposición y la relación funcional de las distintas áreas que componen la UNDelta.
Autoridades:
En esta sección podés conocer el listado de autoridades de cada área junto con las normas que aprueben sus correspondientes designaciones.
Lic. Farias, Silvia Carolina
DNI: 23.614.474
Rectora
Cdor. Puccio, Mariano
DNI: 24.595.794
Secretario General
Lic. Baldonado, Felipe
DNI: 42643788
Secretario administrativo, financiero y técnico.
Prof. Castro, Sergio
DNI: 21.094.957
Secretario de Extensión Universitaria y Enlace con la Comunidad
Dr. Quilici, Federico Domingo
DNI: 18.844.392
Secretario Académico
Dra. Del Cogliano, Natalia Cecilia
DNI: 31.349.099
Secretaria de Vinculación con el Empleo y la Producción
Dr. Davidovich, Pablo
DNI: 26.200.499
Director de Asuntos Legales
Mg. Giuliani, Leonardo Andrés
DNI: 28.632.556
Director de Instituto de Innovación Educación
Lic. Luciana Padulo
DNI: 22.954.696
Directora Instituto de Educación y Cultura.
Mg.Gonzalo Meschengeiser
DNI: 27.942.355
Director Instituto de Gobernanza y Asuntos Globales
Mg. Francisco Capurro
DNI: 28.694.270
Director Instituto de Tecnología y Producción.
Mg.Eduardo Andres Cimolai
DNI: 26.167.726
Director Instituto de Desarrollo Sostenible y Turismo
Lic. Eugenia Ghiotto
DNI: 26.647.875
Directora – Instituto Igualdad e Inclusion Universitaria
Alan German Roman Garcia
DNI: 38.319.202
Operativo
La dotación óptima del organismo es de 50 agentes.

Docente: -Consultá la planilla actualizada de personal Docente Universitario. (Link actualizado) -Conocé las categorías de los escalafones Docente y Preuniversitario:
Conoce las categorias de los escalafones Docente y Preuniversitario:
No Docente:
Consultá la planilla actualizada del personal No Docente
Personal No Docente marzo 2026 (link con listado)
Conocé las categorías del Escalafón No Docente:

Conoce las categorias del Escalafon No Docente
Ponemos a disposición el listado de autoridades de la UNDelta que deben presentar anualmente ante la Oficina Anticorrupción sus Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales, en cumplimiento del artículo 5° inciso m) de la Ley de Ética Pública N° 25.188. Accedé a la verificación del cumplimiento del “Régimen de Presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral” realizado por la unidad de Auditoría Interna (octubre 2025). Podes consultar las declaraciones juradas de las Autoridades de la UNDelta en el sitio completando un formulario en línea.
La OA es responsable de la guarda de los sobres que contienen las Declaraciones Juradas de carácter público y reservado de las autoridades de más alta jerarquía del Gobierno Nacional. Por el carácter público de ellas, vos podés hacer uso de esta herramienta de control. Además, la Oficina Anticorrupción publica en el Portal Datos Abiertos las declaraciones juradas patrimoniales integrales de los funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional en formatos abiertos desde el año fiscal 2012. Consultá los datasets:
La UNDelta pone a disposición las escalas salariales del personal actualizadas de todos los convenios con los que se rige.
Replicar esta información desde el funcionamiento de la UNDelta:
1.2 CONVENIOS LABORALES
La contratación del personal docente se rige por los siguientes instrumentos: Convenio Colectivo de Trabajo Docente. Decreto 1246/15.
2.2 CONVENIOS LABORALES
Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Instituciones Universitarias Nacionales (Decreto 366/2006)
Presupuesto Aquí podés encontrar la información vinculada al presupuesto de la UNDelta
1. PRESUPUESTO
Consultá el presupuesto 2026: RESOLUCIÓN CS N° 12/26.
Presupuesto y ejecución:

Las transferencias son prestaciones dinerarias que realiza el sector público tanto a personas jurídicas como a personas humanas en el marco de la implementación de políticas o programas.
Información detallada sobre becas y transferencias realizadas Actualmente, la Universidad Nacional del Delta no realiza transferencias a personas humanas ni jurídicas en concepto de becas u otras prestaciones dinerarias.
Sin perjuicio de ello, la Universidad cuenta con un Reglamento de Becas, que establece el marco normativo, los criterios y las condiciones para la eventual implementación de este tipo de prestaciones.
La Universidad Nacional del Delta, en el marco de su proceso de consolidación institucional, ha recibido asignaciones presupuestarias destinadas a garantizar el desarrollo de sus actividades académicas, administrativas y de gestión.
Durante los ejercicios 2024 y 2025 se registraron transferencias presupuestarias orientadas al fortalecimiento institucional, incluyendo la puesta en funcionamiento de la Universidad, la adquisición de equipamiento, el desarrollo de infraestructura y el sostenimiento de sus capacidades operativas.
En cumplimiento de los principios de transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas, esta sección incorporará progresivamente el detalle de las asignaciones presupuestarias recibidas y su ejecución, conforme avance el proceso de consolidación y organización de la información.
Las transferencias son prestaciones dinerarias que realiza el sector público tanto a personas jurídicas como a personas humanas en el marco de la implementación de políticas o programas. Información detallada sobre becas y transferencias realizadas.
Actualmente, la Universidad Nacional del Delta no realiza transferencias a personas humanas ni jurídicas en concepto de becas u otras prestaciones dinerarias. Sin perjuicio de ello, la Universidad cuenta con un Reglamento de Becas, que establece el marco normativo, los criterios y las condiciones para la eventual implementación de este tipo de prestaciones.
La Universidad del Delta publica las compras de bienes y servicios que realiza a través del Portal de Compras Públicas que integra la plataforma “Universidades Compran”. ¿Cómo se actualiza la información? Este portal actualiza la información de forma automatizada. Se puede verificar la fecha y hora de la última actualización de datos desde el listado de procedimientos.
UNDELTA cuenta desde el año 2024 con el Reglamento para Mesa de Entradas, Salidas y Archivo. Se trata de un sistema de gestión documental integral que permite organizar y resguardar toda la documentación y trámites de la institución.
Toda la normativa vigente de aplicación en la UNDELTA está disponible en el Portal de Información Pública. Se encuentra organizada temáticamente y es de actualización permanente, facilitando el acceso público a los marcos de referencia generales de la institución. La normativa institucional es aprobada por el Consejo Superior, excepto los casos en que esta competencia le corresponde a la Asamblea Universitaria como son la designación de la Rectora o la Memoria Anual.

Accedé a los actos administrativos de la UNDELTA:
Acceso a prescripción
A la fecha, la Universidad Nacional del Delta no cuenta con informes de auditoría o evaluaciones institucionales concluidas que resulten susceptibles de publicación.
La información correspondiente será incorporada en esta sección cuando se produzcan actuaciones de auditoría, evaluación o control institucional que se encuentren finalizadas.
Los permisos y las concesiones son las maneras que tiene el Estado de ceder el uso de un bien y/o el manejo, la explotación, la operación o la prestación de un servicio público. Actualmente, la Universidad Nacional del Delta no otorga ni permisos ni concesiones.
Obsequios y viajes El Decreto N° 1179/16 (reglamentario del Artículo 18 de la Ley de Ética Pública N° 25.188) creó el Registro de Obsequios a Funcionarios Públicos y el Registro de Viajes Financiados por Terceros. Ambos funcionan desde el 16 de febrero de 2017 en el ámbito de la Oficina Anticorrupción y pueden ser consultados a través de su página web. Todos los funcionarios públicos deben registrar los obsequios o financiamientos de viajes que reciben, cuando las normas permiten su aceptación, con motivo o en ocasión de sus funciones. Consultá el Registro y el Régimen de Obsequios y Viajes en la página web de la Oficina Anticorrupción
Conforme con la Ley N° 26.856 cada organismo debe publicar integramente todas las acordadas y resoluciones que dicte, el mismo día de su dictado. Mientras que las sentencias deberán ser publicadas una vez notificadas a todas las partes correspondientes. Siempre en formato digital y con acceso gratuito. Actualmente, esta Universidad no publica acordadas ni sentencias.
Los espacios de participación ciudadana promueven el involucramiento de la comunidad en la vida institucional de la Universidad, permitiendo conocer opiniones, necesidades, experiencias y propuestas que contribuyen al diseño, la mejora y la evaluación de las políticas universitarias.
En la Universidad Nacional del Delta entendemos la participación como una herramienta fundamental para fortalecer el vínculo entre la institución y su comunidad. En ese marco, impulsamos instancias de consulta, escucha y relevamiento que permiten incorporar información relevante para la toma de decisiones, especialmente en relación con el acceso, la permanencia y las condiciones de estudio de nuestras y nuestros estudiantes.
Actualmente, la Universidad pone a disposición los resultados de relevamientos realizados a ingresantes y estudiantes eximidos del Curso de Preparación Universitaria 2026, orientados a conocer características sociodemográficas, condiciones de vida, trayectorias educativas, acceso a recursos tecnológicos, situación laboral, cobertura de salud y formas de movilidad hacia la Universidad. Estos instrumentos constituyen insumos valiosos para el desarrollo de políticas institucionales más adecuadas a la realidad de la comunidad estudiantil.
Encuesta socioeconómica – Aspirantes 2026 Relevamiento aplicado a aspirantes de la Universidad Nacional del Delta, con un total de 924 respuestas, destinado a conocer el perfil social, educativo y territorial de quienes proyectan iniciar sus estudios en la institución.
Encuesta socioeconómica – Eximidos 2026 Relevamiento aplicado a estudiantes eximidos, con un total de 156 respuestas, orientado a relevar información sobre sus condiciones socioeconómicas y de acceso, con el objetivo de acompañar el diseño de acciones institucionales de apoyo y seguimiento.
La Universidad continuará promoviendo instancias de participación y consulta que permitan fortalecer una gestión abierta, cercana y atenta a las necesidades de su comunidad.

La Ley de Acceso a la Información Pública y el Decreto N° 117/16 prevén la publicación de los datos públicos en formatos electrónicos abiertos con el fin de eliminar toda barrera a su acceso y fomentar su reutilización.
La universidad se creó en 2023 por ley 27727 por lo cual, aun no hay graduados

Ante cualquier duda escribinos a: accesoinformacion@undelta.edu.ar