Obsequios y viajes

Obsequios y viajes

El Decreto N° 1179/16 (reglamentario del Artículo 18 de la Ley de Ética Pública N° 25.188) creó el Registro de Obsequios a Funcionarios Públicos y el Registro de Viajes Financiados por Terceros. Ambos funcionan desde el 16 de febrero de 2017 en el ámbito de la Oficina Anticorrupción y pueden ser consultados a través de su página web.

Todos los funcionarios públicos deben registrar los obsequios o financiamientos de viajes que reciben, cuando las normas permiten su aceptación, con motivo o en ocasión de sus funciones.

Consultá el Registro y el Régimen de Obsequios y Viajes en la página web de la Oficina Anticorrupción

Registro de obsequios y viajes | Argentina.gob.ar

Régimen de obsequios y viajes de funcionarios públicos

Al mes de marzo de 2026, las autoridades de la UNDELTA no han recibido obsequios ni viajes. Complementariamente, se halla en elaboración un reglamento interno que se ajusta a lo dispuesto por la ley nacional.

ambién los podés encontrar en el Portal Datos Abiertos.

¿Se puede aceptar cualquier obsequio? ¿Interesa su valor? ¿Qué debo hacer si me ofrecen un viaje u obsequio prohibido? ¿Cómo se registra?

 

Actualizado Marzo 2026